RCU 0120-2020 Reglamento General de los Centros de Producción de Bienes y Servicios - CPBS
Fecha
2020-02-04Autor
Dirección General de Administración DIGA
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Incorporar las siguientes Disposiciones Complementarias: PRIMERA: Disponer que el Responsable o Jefe de los Centros de Producción de Bienes y Servicios de cada Facultad, dependiendo de su evaluación o rendimiento, tiene un tiempo máximo de hasta 2 años, para su ratificación o rotación de ser el caso, evaluación que estará a cargo de los señores Decanos, respectivamente. SEGUNDA: Autorizar a los señores Decanos, para que, a través de un Directorio con participación de representantes de cada Escuela Profesional por Especialidad, puedan organizar su Unidad o Centro de Producción de Bienes y Servicios; directorio que estará presidido por el Decano; asimismo, teniendo en cuenta que este Reglamento es uno General, se acordó dar facultades a los señores Decanos, para que, de ser el caso, puedan aprobar Reglamentos Específicos a nivel de cada Facultad.